martes, 2 de julio de 2013

Crimen de Ángeles | Procesan a una mujer por falso testimonio

Se trata de una supuesta vecina de Ravignani de 2360 que habló sobre una disputa familiar entre la adolescente, su madre y el padrastro.


Mientras todavía el juez Javier Ríos no define el procesamiento del encargado del edificio de Ravignani 2360, Jorge Mangeri, por el crimen de Ángeles Rawson, el magistrado procesó a una mujer por falso testimonio en la causa. Se trata de una supuesta vecina del edificio, que había declarado que el lunes 10, día en que desapareció Ángeles, había escuchado que la adolescente había intercambiado gritos con su madre y su padrastro.
El testimonio de la mujer, aportado en un audio por el abogado querellante, Pablo Lanusse, había provocado el insólito operativo mediante el cual todos los habitantes del edificio en que vivía Ángeles se presentaran a declarar, en la medianoche del 26 de junio.
Ríos dispuso "extraer testimonios" de la situación, lo que equivale a que enviará los antecedentes de esa declaración a la Cámara del Crimen para que sortee un nuevo juzgado que investigue si la mujer incurrió en el delito de "falso testimonio".
Fuentes judiciales explicaron que la mujer se comunicó con un periodista de un canal de noticias y le relató que había escuchado una conversación en la estación de micros de Comodoro Rivadavia en la que dos personas describían una presunta discusión entre el padrastro de Ángeles, Sergio Opatowski; la madre de la joven, María Elena Aduriz, y la propia adolescente. El tenor de la supuesta discusión giraba en torno a un intento de abuso sexual.
Tras la declaración de 26 personas, la versión fue rápidamente descartada y, al mismo tiempo, quedó probado que la mujer no es vecina del lugar.
Con el procesamiento, la Justicia deberá determinar si la acusada obró de buena fe o tuvo una consciente intención de desviar la investigación. El delito de falso testimonio agravado -que en casos como éste se comete cuando a través de una mentira se inculpa a una persona- tiene una pena máxima de diez años de cárcel.

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